Memoria 2021

35  Los compromisos deontológicos de los médicos se mantienen intactos en toda actividad clínica, sin excepción. A cualquier acto médico le corresponde exigencias, garantías y responsabilidades sanitarias y deontológicas.  En todo acto médico, el criterio del médico será siempre el que determine la situación y decida la respuesta adecuada, sin que el médico pueda ser suplantado en ningún caso.  Todo acto médico requiere conocimiento del paciente y acceso a la historia clínica del mismo; y también prudencia y ponderación del beneficio/riesgo en las decisiones, especialmente en lo relativo al diagnóstico de procesos inexistentes y a la prescripción de medicamentos y pruebas.  Toda la actividad realizada sobre un paciente debe quedar reflejada en la historia clínica, incorporada a un sistema de información que cumpla con las garantías precisas y que pueda ser consultado en caso necesario.  Es obligado asegurar la confidencialidad y la intimidad del paciente. Es una prioridad proteger la privacidad en la relación médico-paciente.  Las autoridades sanitarias deben controlar y hacer un seguimiento exhaustivo de la publicidad de actividades sanitarias, con el fin de exigir las garantías precisas en su realización. De igual modo, el CGCOM exigió que:  El uso adecuado y apropiado, en cada caso y situación precisa, de la atención médica a distancia, debiéndose cumplir por la empresa que oferte dichos servicios y por los profesionales que intervengan en la prestación de los mismos, con las obligaciones legales y deontológicas que les son inherentes.  La empresa debe disponer de la relación de médicos responsables y encargados de atender los servicios ofertados.  Los pacientes deben ser atendidos por médicos titulados colegiados e identificados explícitamente en cada acto, de lo que debe quedar constancia en la historia clínica.  Los profesionales que intervengan en la asistencia son los titulares de las consecuencias legales y deontológicas que se produzcan como resultado de sus actos.  La firma electrónica de cada receta la realiza el médico que atiende la consulta.  La autoridad sanitaria debe realizar un seguimiento periódico preciso de la actividad realizada y del cumplimiento de la normativa sanitaria. VER NOTICIA

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