Código de Deontología Médica

Artículo 4.1 El médico está al servicio del ser humano y de la sociedad. Respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad son los deberes primordiales del médico. Artículo 4.2 El médico debe atender con la misma diligencia y solicitud a todos los pacientes, sin discriminación alguna. Artículo 4.3 La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente y la salud de este debe anteponerse a cualquier otra conveniencia. El médico, una vez adoptadas las medidas que garanticen su seguridad personal, no puede ni debe negar la asistencia por temor a que las circunstancias médicas del paciente le supongan un riesgo personal. Artículo 4.4 Se debe atender al paciente con prudencia, competencia y diligencia. Artículo 4.5 El médico debe ejercer su profesión con el mayor respeto por el derecho a la vida y la protección de la salud de las personas y de su comunidad. -21CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA - 2022

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