Responsabilidad residentes tutores y especialistas 2021 - RED
163 con letra mecanografiada la palabra un año”. Aunque con posterioridad en el escrito de conclusiones rectificara: la Ad- ministración considera que “que puede aceptarse que muy probablemente fuera ella la autora del cambio del tiempo de la doble antiagregación”. La primera conclusión o reflexión que realizo es la importancia y trascendencia de que el residente sea consciente de la responsabilidad que tiene, que es personal y debe responder por ella. Al desestimarse la demanda no se entra en la materia pero supongamos que el tratamien- to que quedó en el sistema informático se hubiera considerado inco- rrecto; y el tachado a mano correcto. ¿Podría defenderse el residente?: Aunque una de las principales conclusiones y recomendaciones de nuestro trabajo es la de dejar siempre constancia en la historia clínica de la supervisión (En principio, todo lo que no está recogido en la historia es muy difícil de poder demostrar), a pesar de lo cual entiendo que sí sería posible la defensa. El art. 3 de la Ley 41/2002, básica reguladora de autonomía del pa- ciente y de derechos y obligaciones en materia de información médica, define la historia clínica como “el conjunto de documentos que contie- nen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a los largo del proceso asistencial” . El art. 18 de la misma ley declara que el paciente tiene el derecho de acceso a la misma, sin perjuicio del derecho de reserva del médico a sus anotaciones subjetivas. Sin embargo este derecho de reser- va no puede impedir el conocimiento por el afectado de determinados datos con trascendencia clínica que hubieren influido en su diagnóstico y tratamiento. La historia clínica se erige en todos los procesos seguidos por responsabilidad médica como una prueba esencial, al constituir un dato de extraordinaria importancia en el ámbito sanitario, ya que en ella deben quedar reflejadas todas las incidencias, o al menos las más impor- tantes, en el tratamiento, seguimiento y control del enfermo. Por ello, como afirmó la STS 14 de febrero de 2006, la misma puede ser el mejor aliado o el peor enemigo del médico . STS 24 noviembre 2016: El historial médico no hace fe por sí mismo de los datos que contiene, los cuales pueden ser contrastados con los demás medios probatorios, pues no tienen carácter intocable. MIR RESPONSABILIDAD DE RESIDENTES EN CIENCIAS DE LA SALUD, TUTORES Y ESPECIALISTAS
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