Responsabilidad residentes, tutores y especialistas 2022

8. Cuando el residente actúa dentro de sus funciones, o siguiendo los protocolos correspondientes, no se le puede exigir responsabilidad, aunque se produzca un resultado dañoso. 9. Si el residente se extralimita en sus funciones y actúa sin la supervisión, vigilancia, dirección o asistencia del correspondiente especialista, y se produce una lesión o daño, sí incurre en responsabilidad, independientemente de que el especialista pueda incurrir también en una responsabilidad in vigilando. 10. En general, la jurisprudencia valora el papel formativo o docente que tiene la residencia, sirviendo de atenuante en parte de su responsabilidad asistencial. 11. La supervisión exigible para el residente no puede identificarse con la supervisión directa de todos los actos médicos, salvo para los residentes de primer año. 12. Extremar la prudencia ante cualquier diagnóstico, recomendación o prescripción realizada por otro facultativo. 13. La falta de supervisión es considerada per se como una infracción de la lex artis por parte de la Administración sanitaria. 14. No se debe tener ningún miedo o reparo en consultar. 15. Para los actos o situaciones de urgencia siempre existe responsabilidad: cualquier médico, cualquiera que sea su especialidad o la modalidad de su ejercicio, debe prestar ayuda de urgencia al enfermo o al accidentado. 16. Cualquier actuación médica que haya sido supervisada desplaza la responsabilidad del MIR. 17. El médico residente tiene la obligación de identificarse como tal, constituyendo un derecho del paciente conocer qué residentes intervienen en su proceso asistencial. 18. Es responsabilidad de especialistas y tutores hacer compatible el derecho a la información de los pacientes con el objetivo final del MIR: conseguir su capacitación para el ejercicio autónomo de la profesión. 19. Existe un deber general de supervisión de los médicos especialistas, con independencia de su condición o no de tutores. 168

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