Manual de Estilo

hechos que narra y lo que puedan ser opiniones, interpretaciones o conjeturas, aunque en el ejercicio de su actividad profesional no está obligado a ser neutral. • Está obligado a realizar una distinción formal y rigurosa entre información y publicidad. Y se entiende contrario a la ética profesional su ejercicio simultáneo con la publicidad o con aquellas actividades institucionales o privadas de comunicación social cuando afecten a los principios y normas deontológicas del periodismo. • No aceptará, ni directa ni indirectamente, retribuciones o gratificaciones de terceros por promover, orientar, influir o haber publicado informaciones u opiniones de cualquier naturaleza. • No utilizará nunca en beneficio propio las informaciones privilegiadas de las que haya tenido conocimiento como consecuencia del ejercicio profesional. • No podrá utilizar en su propio beneficio económico datos financieros de los que tenga conocimiento antes de su difusión general, ni podrá tampoco transmitir tales datos a terceros. • No podrá escribir sobre acciones o valores en los que tenga un interés financiero significativo propio o de sus familiares. • No podrá negociar de ningún modo acciones o valores, sobre los que tenga intención de escribir en un futuro próximo. Los principios y normas que figuran en código deontológico de la FAPE son de aplicación también en supuestos en los que los periodistas actúen como tales a través de modalidades digitales o de otros sistemas tecnológicos de comunicación o información bajo cualquier formato. Código internacional de ética periodística de la Unesco. Código deontológico de la FAPE. 127 Capítulo XIII Deontología profesional

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